NORMATIVA
VIGENTE, REQUISITOS MÍNIMOS Y EL ESPACIO EN CENTROS INFANTILES DE CANARIAS
La
normativa vigente fue publicada en el Decreto 201/2008, de 30 de Septiembre,
por el que se establecen los contenidos educativos y los requisitos de los
centros que imparten el primer ciclo de educación infantil en la Comunidad
Autónoma de Canarias.
De
este modo, el número de unidades, y relación de niños y niñas por grupo, o la
titulación de los profesionales que trabajan en estos centros, tal y como se
definen en el citado Decreto, son aspectos esenciales de un centro ordinario en
el que se imparta el primer ciclo de educación infantil.
- Un Centro de Educación
Infantil es aquel en el cual los niños de edades comprendidas entre 0 y 6 años
asisten de manera regular y periódica. En estos centros se imparte la Educación
Infantil, cuyo principio general y finalidad, según expone el artículo 12 de la
Ley Orgánica de Educación, "es la de contribuir al desarrollo físico,
afectivo, social e intelectual de los niños", en
consecuencia, las condiciones de ubicación, requisitos de espacios,
instalaciones y medidas higiénico-sanitarias que deben reunir los locales
destinados a dicha atención educativa.
Algunos de los requisitos
son:
- La guardería debe situarse en un local de uso exclusivo y con acceso independiente desde el exterior.
- Los centros de educación infantil deben tener personal cualificado (expertos en preescolar, técnicos en educación infantil, etc.) en número igual al de aulas más uno.
- Cuando hay bebés menores de un año, el centro debe disponer de un espacio especialmente equipado para la preparación de alimentos.
- No debe admitir un máximo de alumnos por aula:
- En el grupo de 0 a 1 años ha de
haber un máximo de 8 bebés.
- En el de 1 a 2 años, un máximo de
13 bebés y niños.
- En el de 2 a 3 años, un máximo de
20 niños.
- En el de 3 a 6 años, un máximo de
25 niños.
- La escuela infantil debe contar con una sala de usos múltiples de 30 metros cuadrados como mínimo, que en caso de necesidad podrá ser utilizada como comedor.
- Habrá un patio de juego por cada nueve aulas o fracción con una superficie superior a los 75 metros cuadrados.
- Se exige un aseo por cada sala destinada a bebés y niños de 2 a 3 años. Este servicio deberá ser visible y accesible desde el aula y contará como mínimo con dos lavabos y dos inodoros.
- El personal del centro tendrá un aseo propio (separado de las salas y de los servicios de los niños) con un lavabo, un inodoro y una ducha.
REALIZADO
POR: ELIANA MARTÍN PADILLA Y REBECA MARTÍN HERNÁNDEZ
No hay comentarios:
Publicar un comentario